Tras ocho sesiones, y cumpliendo el programa inicialmente previsto, el grupo de trabajo para la puesta en marcha de los consejos de distrito en Oviedo presentó públicamente la propuesta en un acto celebrado el siete de marzo en la sede de la Federación de Asociaciones de Vecinos y que contó con una amplia asistencia de representantes del movimiento vecinal. Los contenidos básicos de la propuesta pueden resumirse así:
Delimitación territorial
Frente la actual e inoperante división en dos únicos distritos, urbano y rural, el Grupo de Trabajo propone una nueva delimitación que refleje la realidad geográfica, económica y social del concejo de Oviedo. Se crearían así nueve distritos, dos rurales (Este y Oeste) y siete urbanos:
- Distrito 1: La Corredoria, La Monxina y La Estrecha (desde el límite municipal con Siero)
- Distrito 2: Tenderina, Ventanielles y Colloto (Ronda Sur hacia abajo y hasta el Campo de los Patos)
- Distrito 3: Villafría, Otero, San Lázaro y Parque de Invierno (límite Plaza de Castilla-Muñoz Degrain–González Besada)
- Distrito 4: El Cristo, Montecerrao, Buenavista, La Ería y La Argañosa (límite La Gruta-División Azul-Hermanos Pidal)
- Distrito 5: Las Campas, La Florida, Vallobín y Ciudad Naranco (zona alta con límite vías hasta la Estación de Ferrocarril)
- Distrito 6: Pumarín y Teatinos (de Autovía “Y” a nueva autovía a Gijón, de General Elorza a La Estrecha)
- Distrito 7: Centro.
Composición
Frente al vigente Reglamento de Participación Ciudadana aprobado por el Ayuntamiento de Oviedo, que configura los concejos de distrito como meros apéndices del gobierno municipal, con potestad para designar a una amplia mayoría de sus miembros, el Grupo de Trabajo propone que sea la exclusivamente la ciudadanía la que integre el órgano de gobierno de los distritos. Y en esa línea, la composición de los consejos de distrito sería:
- Representantes de los distintos colectivos ciudadanos (asociaciones de vecinos, culturales, deportivas, medioambientales, de amas de casas, etc.) legalmente constituidos, hasta el 80%.
- Ciudadanos y ciudadanas elegidos directamente por la Asamblea del Distrito, hasta el 20% restante.
Atribuciones
El actual Reglamento de Participación Ciudadana asigna a los consejos de distrito funciones meramente consultivas, con independencia de la capacidad de decisión sobre el destino de la parte del presupuesto municipal que el Ayuntamiento asigne al Distrito, que consagra la Ley 53/2003 el 16 de Diciembre de medidas para la modernización del Gobierno Local (Ley de Grandes Ciudades). Las funciones de los consejos de distrito propuestas por el grupo de trabajo responden a seis principios básicos:
Punto1: Ámbito de competencia:
La competencia de los consejos de distrito se extiende a todos los asuntos de competencia municipal en su demarcación territorial, sin exclusión alguna. En dicho ámbito competencial se incluyen, sin afán exhaustivo, las siguientes materias: planes de actuación, presupuesto municipal, planeamiento urbanístico, ordenanzas, disposiciones municipales, servicios públicos, servicios sociales, equipamientos, etc. que afecten, directa o indirectamente, a cada Distrito.
Punto 2: Iniciativas del Ayuntamiento.
El Consejo conocerá e informará cualquier iniciativa del Ayuntamiento con influencia en su Distrito. A tal fin, el Ayuntamiento deberá formular consulta al Consejo, como trámite preceptivo previo a la adopción de cualquier acuerdo con influencia en el Distrito.
Punto 3: Propuestas de los distritos al Ayuntamiento.
En sentido inverso, el Consejo presentará propuestas al Ayuntamiento orientadas a la solución de la problemática específica del Distrito, la realización de estudios e informes sobre asuntos de interés, la mejora de los servicios municipales o cualquier otro asunto de su competencia.
Punto 4: Carácter vinculante.
Tanto los informes a que hace referencia el apartado 2 como las propuestas a las que se refiere el apartado anterior serán siempre vinculantes para el Ayuntamiento la decisión de los Distritos sobre el porcentaje del presupuesto municipal que les corresponde cuando el asunto en cuestión afecte exclusivamente al distrito de que se trate. Para cuestiones de ámbito territorial superior, en caso de que el Ayuntamiento desoiga los informes o rechace las propuestas del Consejo, deberá hacerlo justificadamente.
Punto 5: Participación en los órganos de gobierno
Para el correcto ejercicio de estas atribuciones, el Consejo de Distrito participará en los órganos de gobierno municipales (comisiones y plenos) cuando se traten asuntos de su competencia, previa comunicación al presidente/a del órgano con 24 horas de antelación. Asimismo, mantendrá reuniones con los responsables de las distintas áreas municipales para el seguimiento y control de la correcta ejecución en sus términos de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento
Punto 6: Promoción de la Participación Ciudadana
El Consejo promoverá la participación ciudadana y el asociacionismo, en colaboración con los colectivos ciudadanos, impulsando la puesta en marcha de procesos participativos como las consultas populares, y facilitando la más amplia información sobre los asuntos que afecten al Distrito. El Ayuntamiento facilitará los medios materiales y humanos precisos para tal objetivo.
La presentación tuvo el siguiente eco en la prensa digital local:
EL COMERCIO: Los vecinos se reparten la ciudad Los vecinos presentan su propuesta de distritos a los grupos políticos
LA VOZ DE ASTURIAS: Oviedo, siete distritos más dos